Nueva ley de reciente sanción
- Categoría: Interés general
LEY N° 6266 - Animales. Intervenciones quirúrgicas estéticas que causen mutilaciones a los animales y/o modifiquen su aspecto externo. Prohibición.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Prohíbese la realización de intervenciones quirúrgicas estéticas que causen mutilaciones a los animales y/o modifiquen su aspecto externo, salvo aquellas que se realicen con el objetivo de prevenir o curar patologías específicas.
Art. 2°.- Las prácticas quirúrgicas exceptuadas de la presente Ley deben realizarse bajo prescripción médica por parte de un Médico Veterinario matriculado en la Ciudad de Buenos Aires.
Art.3°.- El Poder Ejecutivo determinará la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.
Art. 4°.- Comuníquese. Forchieri - Pérez Buenos Aires, 13 de enero de 2020