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Medicina Laboral y ART

Accidentes de trabajo

Las empresas que cuentan con personal en relación de dependencia tienen la obligación de contratar el seguro de riesgos laborales en una Administradora de Trabajo. Las ART son empresas privadas que cubren las exigencias que impone la Ley Nº 24.557 de Riesgos de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Cobertura de la ART:

  • Prestaciones en especies: asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación, recalificación profesional y servicios funerarios.
  • Prestaciones dinerarias: cubre económicamente la incapacidad temporaria o permanente, gran invalidez o muerte del trabajador.

SI son accidentes de trabajo...

  • Hechos súbitos y violentos ocurridos en ocasión del trabajo o en itinere.
  • Enfermedades profesionales incluidas en el listado aprobado.

NO son accidentes de trabajo...

  • Accidentes y enfermedades causados por dolo del trabajador o fuerza mayor extraña al trabajo.
  • Incapacidades pre existentes al inicio de la relación laboral.

     

¿Cómo proceder ante el accidente de un empleado?

La Empresa debe realizar la denuncia a la ART y derivar al accidentado al prestador médico que figura en su cartilla. En casos extremos, debe solicitar un servicio de emergencia para el traslado y la derivación del paciente. Es conveniente entregar al empleado/accidentado la solicitud de atención médica, formulario provisto por la aseguradora. Es importante que la empresa comunique el accidente a los familiares del paciente.

El empleador debe :

  • Realizar la denuncia formal del accidente o enfermedad ante su ART.
  • Enviar al damnificado al Área de Medicina Laboral con la solicitud de atención completa (con sello y firma del responsable de la empresa) y/o número de siniestro. Esto dependerá de su ART.
  • En caso excepcional, enviar vía fax o mail la solicitud de atención o número de siniestro.

El accidentado debe:

  • Presentarse en la oficina de Medicina Laboral con la denuncia o número de siniestro provisto por la ART.
  • Registrarse y brindar datos personales y de la empresa.

En caso de que la empresa no haya enviado la solicitud de atención o número de siniestro, firmará un formulario de aval. Este queda sin efecto en el momento en que la empresa completa el trámite administrativo.

Consejos útiles:

  • Realizar inmediatamente la denuncia a la ART para que ésta tenga conocimiento y pueda así agilizar la autorización de todos los estudios solicitados.
  • Mientras elabora la denuncia, puede agilizar la atención llamando al Servicio de Atención a Empresas para dar aviso de la espera de su empleado accidentado.
  • Informar a sus empleados el procedimiento a seguir en caso de accidentes.
  • Proveer a los empleados de los elementos de protección personal y capacitarlos en el uso e importancia de estos.

 

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